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Calculadora del modelo 130 (pago fraccionado del IRPF)

Actualizado el 30 de octubre de 2026 · Territorio común

6 min de lectura

Válido para territorio común. Si tributas en País Vasco o Navarra, tus modelos y plazos los fija tu hacienda foral.

El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF de los autónomos en estimación directa. Se paga el 20 % del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero, menos lo que ya pagaste en los trimestres anteriores, las retenciones de tus facturas y, si ganaste poco el año pasado, la minoración de la casilla 13.

Calcula tu modelo 130

Importes acumulados desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre. Nada se envía: el cálculo se hace en tu navegador.

No incluye la deducción por vivienda (casilla 16), el porcentaje del 8 % de Ceuta, Melilla o La Palma, las actividades agrícolas (apartado II) ni las complementarias.

Cómo calcula, casilla a casilla

  1. 03 = 01 − 02: ingresos menos gastos deducibles, acumulados desde el 1 de enero.
  2. 04: 20 % de la casilla 03 si es positiva; si es negativa, 0 (art. 110.1.a del Reglamento del IRPF).
  3. 05: suma de las casillas 07 positivas de los trimestres anteriores del mismo año (menos lo que pusiste en la casilla 16, si aplicaste la deducción por vivienda).
  4. 06: retenciones e ingresos a cuenta acumulados.
  5. 07 = 04 − 05 − 06. La casilla 12 es la 07, pero si sale negativa se pone 0.
  6. 13: minoración según los rendimientos netos del año anterior (tabla de abajo).
  7. 14 = 12 − 13. Puede salir negativa.
  8. 15: si la 14 es positiva, restas los resultados negativos de trimestres anteriores que aún no hayas aplicado, como máximo hasta la 14.
  9. 17 = 14 − 15 − 16, que es el resultado (casilla 19 si no es complementaria). Si sale positivo, a ingresar. Si sale negativo en el 1T, 2T o 3T, a deducir en los siguientes pagos del año. Si sale 0, o negativo en el 4T, la declaración es negativa.

Minoración de la casilla 13

Rendimientos netos del año anteriorMinoración por trimestre
Igual o inferior a 9.000 €100 €
Entre 9.000,01 y 10.000 €75 €
Entre 10.000,01 y 11.000 €50 €
Entre 11.000,01 y 12.000 €25 €
Más de 12.000 €0 €

Es el art. 110.3.c del Reglamento del IRPF. Si el año anterior no tuviste actividad, tus rendimientos se consideran 0 y restas 100 €. Lo explicamos a fondo en la guía de la minoración del modelo 130 (casilla 13).

Ejemplo de un año completo

Ejemplo ficticio: rendimiento neto del año anterior de 8.500 € (minoración de 100 € por trimestre). En el 3T una factura lleva 300 € de retención. Todas las cifras son acumuladas.

Trim.Ingresos (01)Gastos (02)20 % (04)Pagos ant. (05)Retenc. (06)07Minor. (13)Neg. ant. (15)Resultado
1T6.000,00 €1.500,00 €900,00 €0,00 €0,00 €900,00 €100,00 €0,00 €800,00 €
2T7.800,00 €3.000,00 €960,00 €900,00 €0,00 €60,00 €100,00 €0,00 €40,00 € a deducir
3T15.000,00 €4.500,00 €2.100,00 €960,00 €300,00 €840,00 €100,00 €40,00 €700,00 €
4T20.000,00 €6.000,00 €2.800,00 €1.800,00 €300,00 €700,00 €100,00 €0,00 €600,00 €

Ejemplo: en el 2T la casilla 07 es de 60 €, pero al restar los 100 € de minoración queda en −40 €. No pagas nada y esos 40 € se restan en el 3T (casilla 15). En total, en el año pagas 2.100,00 €, que es el 20 % de los 14.000 € de rendimiento (2.800 €), menos 300 € de retenciones y menos 400 € de minoración. La calculadora viene rellenada con los datos del 3T.

¿Quién no tiene que presentar el 130?

Los profesionales que, en el año natural anterior, tuvieron retención o ingreso a cuenta en al menos el 70 % de sus ingresos de la actividad (art. 109.2 del Reglamento del IRPF). Si empiezas la actividad, el porcentaje se calcula sobre el trimestre al que se refiere el pago. Para saber qué retención aplicar en tus facturas, mira la guía de la retención del 15 % o del 7 %.

El cuarto trimestre

El 130 del 4T también es acumulado: recoge los ingresos y gastos de todo el año. Se presenta del 1 al 30 de enero (si el último día es inhábil, el plazo pasa al siguiente día hábil). Si sale negativo, se presenta como «negativa» y ese importe no pasa al año siguiente: lo regulariza tu declaración de la Renta. Los plazos están en el calendario fiscal 2027.

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Preguntas frecuentes

¿El modelo 130 se calcula con los datos del trimestre o acumulados?

Acumulados. En cada trimestre pones los ingresos y gastos desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre, y restas lo que ya pagaste en los trimestres anteriores (casilla 05).

¿Qué hago si el modelo 130 me sale negativo?

No pagas nada. En el 1T, 2T y 3T lo presentas como «a deducir» y ese importe se resta en los siguientes pagos del mismo año (casilla 15). En el 4T se presenta como «negativa» y no se arrastra.

¿Quién puede aplicar la minoración de la casilla 13?

Quien tuvo rendimientos netos de actividades económicas de 12.000 € o menos el año anterior: 100, 75, 50 o 25 € por trimestre según el tramo. Si no tuviste actividad el año anterior, restas 100 €.

¿Tengo que presentar el 130 si casi todas mis facturas llevan retención?

Si eres profesional y en el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos de la actividad tuvo retención, no estás obligado (art. 109.2 del Reglamento del IRPF).

¿Cuánto se paga en el modelo 130?

El 20 % del rendimiento neto acumulado del año, menos los pagos de trimestres anteriores, las retenciones soportadas y, en su caso, la minoración y los negativos pendientes.

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Fuentes oficiales

Herramienta informativa; no sustituye el asesoramiento fiscal profesional. Comprueba siempre las instrucciones oficiales antes de presentar.